Kit digital- Publicadas Bases de Ayudas para Pymes y Autónomos

El pasado jueves 30 de diciembre se publicó en el BOE la Orden ETD/1498/2021 por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas para la digitalización de pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo en el marco del Programa Kit Digital, financiado a través de los fondos Next Generation EU. Ver orden aquí.

El Kit Digital cuenta con un presupuesto de 3.067 millones de euros para el periodo 2021-2023, y su objetivo es mejorar la competitividad y el nivel de madurez digital de pymes y autónomos, mediante la adopción de soluciones digitales tales como: sitio web y presencia en internet, comercio electrónico, gestión de redes sociales, gestión de clientes, business intelligence y analítica, gestión de procesos, factura electrónica, servicios y herramienta de oficina virtual, comunicaciones seguras y ciberseguridad (art.5).

Beneficiarios: pymes y autónomos

La orden establece tres segmentos de beneficiarios, en función del número de empleados, y especifica el importe máximo del bono digital al que podrán acceder (art.18):

  1. Entre 10 y menos de 50 empleados à 12.000 €
  2. Entre 3 y menos de 10 empleados à 6.000 €
  3. Entre 0 y menos de 3 empleados à 2.000 €

Además, también se establecen los importes máximos de ayuda por Categoría de Soluciones de Digitalización y Segmento (art.18).

La orden también indica los requisitos que han de cumplir los beneficiarios (art.8), destacando la obligación de disponer de una evaluación del Nivel de Madurez Digital, de acuerdo con el test de diagnóstico disponible en la plataforma Acelera Pyme.

Agentes digitalizadores

En la orden también se especifican los requisitos y obligaciones de los agentes digitalizadores (art. 10), destacando el requisito de facturación en proyectos similares a los que se deben desarrollar para los beneficiarios en cualquiera de las categorías de soluciones de digitalización:

  • Pymes: facturación acumulada de, al menos, 100.000 euros en los dos años anteriores a contar desde el momento de la presentación de la solicitud de adhesión, o 50.000 euros en el año anterior.
  • Autónomos: facturación acumulada de, al menos, 70.000 euros en los dos años anteriores, o 35.000 euros en el año anterior.

Las compañías interesadas en ser identificados como ‘agente digitalizador’ podrán adherirse próximamente a través de la sede electrónica de Red.es.

Además, los agentes digitalizadores adheridos podrán colaborar en las tareas de solicitud y serán ellos los que presenten toda la documentación justificativa.

Plazos para solicitar las ayudas

La primera convocatoria saldrá a principios de este año y se destinará al primer segmento de pymes de entre 10 y 49 empleados, y contará con un presupuesto de 500 millones de euros.

La orden señala que las empresas interesadas en solicitar el ‘bono digital’ dispondrán de al menos tres meses desde la publicación de la correspondiente convocatoria –o hasta el agotamiento del crédito presupuestario- para presentar su solicitud. Además, tendrán un plazo máximo de seis meses para la firma de los ‘Acuerdos de prestación de Soluciones de Digitalización’ con los agentes digitalizadores, desde que se les notifique la concesión del ‘bono digital’.